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Reparto de mascarillas a los transportistas

Categoría: Noticias Publicado: Lunes, 06 Abril 2020 Escrito por Emilio

 

ASTASA distribuirá mascarillas a sus asociados
  
  La Junta de Castilla y León ha enviado a las Asociaciones una pequeña remesa de mascarillas para su reparto entre los transportistas.

  La distribución se ha realizado a través de las Federaciones Regionales de Transportes. 

  Teniendo en cuenta la escasez de este material, el envío ha sido pequeño, por lo que únicamente podemos facilitar UNA MASCARILLA para cada empresa asociada.

  Podéis pasar por la Asociación, donde os haremos entrega de la mascarilla.

  Si conseguimos más material, os los haremos saber inmediatamente, no obstante, también os comunicamos que a partir de hoy, el Ministerio de Transportes distribuirá las mascarillas prometidas, a través de las oficinas de correos, según os indicamos en la siguiente noticia.
  

       

El Ministerio de Transportes distribuirá mascarillas entre los transportistas a través de las oficinas de Correos

  En el BOE de este viernes 3 de Abril se ha publicado la Resolución de 2 de abril e 2020 de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes por el que se establecen los criterios para repartir a los autónomos y empresas de transporte por carretera, tanto de mercancías como de viajeros, la primera remesa de mascarillas que se recibirá previsiblemente la próxima semana, y que permitirá distribuir a través de las oficinas de Correos más de un millón de mascarillas a los 162.000 titulares de transporte público de camiones, furgonetas, autobuses, taxis, vtcs y ambulancias de España. A cada titular se le asignarán dos mascarillas por vehículo, con excepción de los autobuses a los que sólo se les entregará una mascarilla por vehículo.

  En todo caso, la propia Resolución del Ministerio de Transportes recuerda que debe hacerse un uso racional de las mismas para alargar su vida útil al tratarse de un bien escaso lamentablemente en las actuales circunstancias. Así se señala que “se ha tenido en cuenta que no es necesario el uso de las mascarillas de manera continua en el tiempo, sino solamente en aquellas circunstancias en las que no es posible respetar la distancia social de seguridad sanitaria, reservando el uso de las mismas en el resto de las ocasiones y pudiendo así racionalizar y prolongar su uso”.

  En este sentido, la norma publicada en el BOE señala la conveniencia de mantener la distancia de seguridad sanitaria, que está establecida en 2 metros de distancia para evitar contagios, para lo cual expresamente indica que “Respetar las distancias de seguridad sanitaria sigue siendo la medida más efectiva, por lo que se debe seguir trabajando en esta línea, con medidas operativas y de organización, como evitar siempre que sea posible que el conductor baje del vehículo, que participe en las tareas de carga y descarga, salvo justificación en contrario, instalación de mamparas de protección, etc”.

  Tal y como se recoge en las instrucciones, en el caso del transporte de mercancías o viajeros por carretera no será necesario que los transportistas tengan que realizar ningún trámite, sino que una vez que el Ministerio de Transportes las distribuya por las Oficinas de Correos de toda España, se publicará en su web las oficinas de Correos a las que se deben dirigirse para recoger sus mascarillas y la fecha de disponibilidad, en el siguiente enlace en internet .

  Ya se ha publicado en la web que figura al final de este mensaje  la relación de oficinas de Correos donde se pueden recoger las mascarillas, que recordemos es a razón de 2 mascarillas por vehículo autorizado en el caso de camiones, furgonetas, taxis y VTC y de 1 mascarilla en el caso de autobuses. Debe consultarse en la web el listado de cada comunidades autónoma ordenado por orden alfabetico buscando el apellido y nombre en el caso de autónomos (atención a veces figura invertido) o la denominación social en caso de sociedades, figurando a  continuación en el listado la oficina de Correos a la que debe dirigirse para recoger sus mascarillas, adjuntando DNI/NIE y en caso de sociedades copia del poder del representante legal ( aunque no indica nada la Resolución del Ministerio de Transporte, en caso de no poder acudir el titular o representante legal debe entenderse que como en otros trámites de Correos podrá acudir otra persona en su representación adjuntando una  autorización firmada y además copia del DNI/NIE/pasaporte donde figure la firma del autorizante). El plazo para recogerlas es de sólo 7 días naturales, esto es, hasta este domingo, teniendo en cuenta las festividades y el horario restringido de las oficinas de Correos, muchas de ellas en horario sólo de mañana. Los listados se pueden consultar en el siguiente enlace en internet .

   
https://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/profesionales-transporte/distribucion-mascarillas-ambito-transporte-terrestre/oficinas_correos

   Relación Reparto Mascarillas Oficinas de Correos
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