Desaparece la obligatoriedad del Libro de Visitas
La Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que entró en vigor el 21 de julio de 2016, establece en su artículo 21.6 que "los funcionarios actuantes extenderán diligencia por escrito de cada actuación que realicen con ocasión de las visitas a los centros de trabajo o de las comprobaciones efectuadas mediante comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas"
A la vista de lo anterior, desaparece la obligatoriedad para los autónomos y empresas con trabajadores, de adquirir, llevar y diligenciar los Libros de Visita.
Si quieres consultar la Ley completa pincha en el siguiente enlace:
Ley 23/2015 Inspección de Trabajo
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