Levantamiento de restricciones a la circulación para frutas y verduras

El Boletín Oficial del Estado del viernes 7 de abril, ha publicado la "Resolución de 28 de marzo de 2017, de la Dirección General de Tráfico, por la que se corrigen errores en la de 2 de enero de 2017, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2017".
El apartado B.1.2 queda modificado con la siguiente redacción:
"Transporte de mercancías perecederas, entendiendo como tales las recogidas en el anejo 3 del Acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas (ATP) y así como las frutas y verduras frescas, en vehículos que satisfagan las definiciones normas expresadas en el anejo 1 del ATP. En todo caso, la mercancía perecedera deberá suponer al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupar la mitad del volumen de carga útil del vehículo"
Puedes consultar la Resolución completa en el siguiente enlace:
Resolución de 28 de marzo de 2017 de la DGT
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